El Instituto Nacional Electoral (INE) impuso a Morena una multa por un total de 726 mil 358 pesos con 80 centavos, luego de determinar que el partido incorporó indebidamente a cinco ciudadanos de Guanajuato a su padrón de militantes, sin acreditar que hubieran autorizado de manera libre y voluntaria su afiliación.
La resolución INE/CG599/2026, aprobada por el Consejo General del organismo el pasado 15 de octubre, concluyó que Morena vulneró el derecho constitucional de libre afiliación política y utilizó datos personales de los denunciantes para registrarlos como integrantes del partido sin contar con pruebas suficientes de su consentimiento.
De acuerdo con la determinación electoral, las cinco personas manifestaron que nunca solicitaron su incorporación a Morena, por lo que presentaron las denuncias correspondientes el 11 de marzo de 2026.
Durante el procedimiento, el partido no presentó documentación original ni elementos probatorios suficientes para demostrar que los ciudadanos habían aceptado voluntariamente formar parte de sus filas.
Cinco multas de más de 145 mil pesos cada una
Por estas irregularidades, el INE determinó imponer cinco sanciones económicas individuales de 145 mil 271 pesos con 76 centavos, equivalentes a mil 284 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por cada caso.
En conjunto, las multas ascienden a 726 mil 358 pesos con 80 centavos. El organismo electoral ordenó que el monto sea descontado de las ministraciones mensuales de financiamiento público que recibe Morena, una vez que la resolución quede firme.
Entre los elementos considerados para establecer las sanciones, la autoridad calificó la conducta como intencional, señaló antecedentes de sanciones al partido por infracciones de naturaleza similar y determinó que la falta era de gravedad ordinaria.
El INE también estableció que corresponde a los partidos políticos demostrar la autenticidad y voluntariedad de las afiliaciones, además de mantener actualizado su padrón de militantes.
Identifican a los cinco ciudadanos afectados
La resolución señala que las personas registradas sin que se acreditara su consentimiento son:
- Ma. Apolinar Yebra Ruiz.
- Melina Estrella Lira García.
- Rosa María López García.
- Gabriela Martínez Nilo.
- Roberto Guerrero Atilano.
Los registros cuestionados se realizaron durante marzo, junio y julio de 2025, según los datos contenidos en el expediente.
Morena deberá eliminar las afiliaciones
Además de las sanciones económicas, el INE ordenó al partido cancelar los registros de las cinco personas y eliminar sus datos del padrón de militantes. Morena deberá informar a la autoridad electoral y presentar las pruebas correspondientes para acreditar el cumplimiento de estas medidas.
El caso pone de relieve las obligaciones de los partidos políticos en materia de protección de datos personales y respeto a la libertad de afiliación, un derecho que permite a cada ciudadano decidir sin presiones si desea incorporarse a una organización política.
No obstante, la resolución todavía puede ser impugnada ante la autoridad jurisdiccional electoral, por lo que la sanción no debe considerarse definitivamente firme mientras exista esa posibilidad y no se determine lo conducente.






